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PLAN DE AYUDAS FINANCIERAS DEL PROGRAMA DE PROMOCION ECONOMICA-PLAN DE EMPLEO DEL MUNICIPIO DE CADIZ

Organismo: IFEF. Ayuntamiento de Cádiz

Ámbito: Municipio de Cádiz

Objetivos:
Incentivar el autoempleo y la modernización y consolidación empresarial mediante una ayuda financiera que apoye las inversiones.

Beneficiarios:
a) Pymes que a partir del 1 de enero del ejercicio presupuestario vigente, hayan iniciado su actividad y justifiquen la realización de las inversiones necesarias para la puesta en marcha de la empresa ó que hayan ejecutado inversiones que impliquen modernización, ampliación o diversificación de la actividad que venían desarrollando.

b) Emprendedores/as que vayan a iniciar una actividad empresarial y ejecutar un proyecto de inversión ó Pymes que vayan a ejecutar un proyecto de inversión que implique la modernización, ampliación o diversificación de la actividad que venían desarrollando.

Cuantía:

Los/as beneficiarios/as podrán optar a una ayuda a fondo perdido de 3.000 €; el proyecto de inversión aprobado subvencionable ha de ascender como mínimo a 6.000 €.

Conceptos subvencionables:
- Los costes de adaptación o construcción del local afecto a la actividad (obra civil e instalaciones auxiliares de edificación, incluido los costes de planificación, ingeniería y dirección).
- Mobiliario, instalaciones y decoración.
- Equipamiento informático (hardware y software).
- Maquinaria y bienes de equipo.
- Otras inversiones en activo fijo materiales directamente relacionadas con la actividad.
- Gastos de constitución y primer establecimiento.
o Los activos subvencionables serán nuevos o de primer uso, y habrán de formar parte del patrimonio de la empresa.
o No serán subvencionables el IVA, ni los gastos financieros.

Requisitos:
Para que los proyectos de inversión puedan ser objeto de estas ayudas deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Que la actividad subvencionable se desarrolle en la ciudad de Cádiz.
b) Que la actividad subvencionable tenga carácter estable.
c) La aportación con recursos propios mínima del beneficiario/a será del 30% de la inversión subvencionable, libre de toda ayuda; pudiendo recurrir para el resto de la financiación necesaria a cualquier fuente de financiación externa.
d) Los proyectos no podrán estar iniciados antes de la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda, o bien deberán estar totalmente finalizados antes de la fecha de solicitud de la ayuda para los supuestos contemplados en el apartado a) de beneficiarios/as.
e) Que aporten la documentación preceptiva, según lo establecido en las bases reguladoras.

Criterios de valoración:
Las ayudas serán otorgadas por procedimiento de concesión en régimen de concurrencia competitiva. Las solicitudes serán evaluadas de acuerdo con los criterios objetivos que se enumeran a continuación:

a) El sector de actividad, considerándose preferentes las actividades turísticas, culturales y de ocio, las vinculadas al sector audiovisual, diseño y TIC´S, el sector industrial, construcción, medio ambiente y comercio.
b) La naturaleza de la inversión, priorizándose las nuevas iniciativas empresariales.
c) El perfil y número de promotores/as, priorizándose los proyectos presentados por mujeres, y colectivos con especiales dificultades de acceso al mercado laboral, personas mayores de 45 años y jóvenes hasta 30 años de edad.
d) El grado de innovación.

Información:
Las solicitudes se cumplimentarán en modelo normalizado, disponible tanto en la sede del Instituto de Fomento, Empleo y Formación de la ciudad de Cádiz – Ayuntamiento de Cádiz, como en la página web:
http://www.ifef.es/fomento/serviciosyprogramas/promocion/ayudaspromocion.php.
Se presentarán en la sede del Instituto de Fomento, Empleo y Formación, Cuestas de las Calesas, nº:39, C ádiz.

Plazo:
Hasta el 15/09/08.

Regulación:
Convocatoria Ayudas Financieras Programa de Promoción Económica. (B.O.P. Nº 76, de 23/04/08). Bases del Plan de Ayudas Financieras del Programa de Promoción Económica - Plan de Empleo del Municipio de Cádiz. Aprobadas por Consejo Rector del IFEF de fecha 20/03/07. (B.O.P. Nº 64, de 03/04/07).

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