16.07.08 REDACCIÓN.
La Consejería de Justicia y Administración Pública ha contemplado una subida del 11,2% en las retribuciones de los abogados del turno de oficio para la mejora de la asistencia jurídica gratuita en Andalucía, a la que acuden los ciudadanos que no disponen de recursos económicos suficientes para costearse su defensa jurídica ante los tribunales.
Se trata del primer aspecto que verá la luz tras la entrada en vigor el 1 de julio del nuevo Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita de Andalucía. Dicho reglamento contempla la creación de las comisiones mixtas entre la Administración de la Junta y los consejos andaluces de Colegios de Abogados y Colegios de Procuradores de los Tribunales, que son las encargadas de abordar las diversas cuestiones previstas en la norma y establecer, a través de órdenes, su desarrollo normativo.
Los libramientos y forma de pago de las actuaciones profesionales de turno de guardia y turno de oficio, así como los libramientos y forma de pago de los gastos de gestión y funcionamiento colegial, se efectúan trimestralmente a los abogados en función del número de actuaciones profesionales realizadas y acreditadas, por lo que la citada subida en las retribuciones de los abogados se apreciará a partir del 1 de octubre de este año.
La Junta de Andalucía ha ido aumentando progresivamente las partidas destinadas a la justicia gratuita, llegando a quintuplicar en diez años las partidas presupuestarias para este servicio, pasando de los 6 millones de 1997 a una cantidad prevista de 31 millones durante 2008.
En relación con los recursos personales y materiales necesarios para la organización y prestación del servicio, con la implantación del nuevo modelo de financiación se consigue una mejor previsión del presupuesto en aras de aumentar la eficiencia. Como principal novedad incluida en el nuevo reglamento, la Consejería abonará a principios de año el 75% del pago total de este servicio.
El nuevo reglamento permitirá a las víctimas de violencia de género tener acceso a una segunda opinión si manifiestan su disconformidad con la estrategia procesal planteada. Asimismo, el texto aprobado por el Consejo de Gobierno posibilita además la libre elección de abogado o abogada del turno de oficio especializado en esta materia. Además, los Colegios de Abogados darán prioridad a la tramitación de solicitudes de asistencia jurídica gratuita cuando las efectúen víctimas de violencia de género, asumiendo una misma dirección letrada la defensa de la víctima en todos los procesos o procedimientos derivados del mismo acto de violencia.
El reglamento, que también reconoce los turnos de oficio especializados en menores y extranjería, modifica la composición y funciones de las comisiones de asistencia jurídica gratuita, con sede en cada una de las capitales de provincia y adscritas a la Consejería de Justicia y Administración Pública, y que son los órganos competentes para reconocer este derecho, que garantiza la defensa ante los tribunales de justicia de las personas que no disponen de recursos económicos suficientes para costearse este servicio.
Los modelos normalizados de solicitud de asistencia letrada se facilitarán en las dependencias judiciales, en los Servicios de Orientación Jurídica de los colegios de abogados y en las sedes de las comisiones de asistencia jurídica gratuita.