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Más de 2.000 trabajadores con discapacidad se beneficiarán anualmente del programa de empleo con apoyo

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se regula el programa de empleo con apoyo como medida de fomento de empleo de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo.

El empleo con apoyo constituye una de las medidas más importantes para la inserción de las personas con discapacidad en el mercado de trabajo, y consiste en un conjunto de actividades de orientación y acompañamiento individualizado, que prestan preparadores laborales especializados.

Más de 7 millones y medio de euros

El programa de fomento de empleo regulado en esta norma beneficiará, según estimaciones del Servicio Público de Empleo Estatal, a unos 2.000 trabajadores discapacitados al año, y el gasto para subvencionar los costes laborales y de seguridad social será de 7.540.000 euros anuales.

La ayuda regulada en esta norma está dirigida a quienes más lo necesitan, personas con una discapacidad severa, al contemplar medidas específicas para estimular la empleabilidad de los trabajadores que tienen mayores dificultades de inserción laboral. A diferencia de otras medidas, la que hoy se ha aprobado persigue la integración laboral de los discapacitados en iguales condiciones que otros trabajadores de la misma especialidad.

El programa de empleo con apoyo podrá aplicarse en todo el territorio nacional. Los destinatarios son personas con discapacidad severa que sean contratadas por una empresa del mercado ordinario de trabajo, mediante un contrato indefinido o de duración mínima de seis meses. Se incluyen expresamente como destinatarios finales del programa a personas sordas y con discapacidad auditiva superior al 33 por ciento.

Los promotores de empleo con apoyo podrán ser las asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro y los centros especiales de empleo que suscriban un convenio de colaboración con las empresas que contraten a trabajadores con discapacidad, con el fin de desarrollar acciones de empleo con apoyo.

Los preparadores laborales deberán dedicar un tiempo mínimo de atención a cada trabajador, en función del grado de minusvalía.

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